ORDENANZA Nº 1213
Visto:
El Convenio suscripto con fecha 26 de junio de 2007, entre el Sr. Ministro de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad; y
Considerando:
Que el mismo tiene su origen en la solicitud de ayuda financiera efectuada por la Comuna al mencionado Ministerio, con el objeto de realizar la obra de “Repavimentación del Acceso a Cámpora entre R.N. 7 y R.P. 41”;
Que el Convenio firmado se deriva de una decisión del Gobierno Provincial de adoptar todas las medidas orientadas a generar condiciones sociales que coadyuven al bienestar general de los habitantes;
Que por tal motivo ha considerado esencial prestar colaboración a los distintos Distritos de la Provincia en todos aquellos proyectos de obras y/o prestación de servicios públicos que resulten de interés comunitario, otorgando subsidios a tal fin;
Que, para tal otorgamiento, se ha entendido que la petición efectuada por el Departamento Ejecutivo Municipal está destinada a un fin que encuadra en los mencionados objetivos provinciales;
Que, al respecto, se ha expedido la Asesoría Letrada de la Comuna y el Sr. Contador Municipal Interino;
Que, por lo precedentemente expuesto, deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello, en uso de atribuciones que le son propias, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Homológase el Convenio, de fecha 26 de junio de 2007, suscripto entre el Departamento Ejecutivo y el Sr. Ministro de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se otorga al Municipio un subsidio de pesos un millón setenta mil ($ 1.070.000,00) con destino a la repavimentación de la Avenida Presidente Dr. Héctor José Cámpora, desde la Ruta Nacional Nº 7 hasta la Ruta Provincial Nº 41, cuya ejecución se autoriza.
Artículo 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a llevar adelante las tramitaciones y a suscribir cuanta documentación resulte pertinente para el cumplimiento de dicho objeto.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 1º de Agosto de 2007.-
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