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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1173/07: Convenio con anses

ORDENANZA Nº 1173

 
Visto:

El Expediente nro. 4101-0747/06, y

Considerando:

Que a través del mismo, la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social solicita se remita a este Honorable Cuerpo el convenio suscripto con fecha 14 de noviembre próximo pasado entre este Municipio y el Anses, para su homologación.

Que el mismo, tiene por objeto facilitar a los sectores más desprotegidos de la población, el acceso a su jubilación, siempre que se cumpla con la edad requerida aunque no se reúnan los 30 años de aportes que exige la ley.

Que, el Municipio subsidia la primera cuota del plan de pagos, a aquellas personas imposibilitadas de afrontarla con recursos genuinos y Anses se encarga de otorgarle el beneficio jubilatorio, descontándole automáticamente las siguientes cuotas previstas por el plan.

Que, de esta forma, se dignifica a uno de los sectores más vulnerables de la población, la tercera edad, pues garantizando el acceso a la jubilación y consecuentemente a una obra social y al cobro de asignaciones familiares, no solo se supera la asistencia pública, sino que se reconoce a la seguridad social como un derecho insoslayable del ser humano.

Que, del dictamen del Sr. Contador Municipal, surge la partida presupuestaria en la cuál se imputarán los gastos que se deriven de la aplicación del convenio suscripto.

Que, el artículo 120 de la LOM autoriza al HCD – mediante la sanción de una ordenanza- a incrementar el cálculo de recursos y el presupuesto de gastos vigente, creando y/o ampliando partidas utilizando para ese fin el superávit existente en la cuenta Resultado Acumulado de Ejercicios.

Que es facultad de este Cuerpo Deliberativo, homologar los convenios suscriptos por el Sr. Intendente Municipal.

Por ello, el HCD en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente

ORDENANZA

Articulo 1ro.: Homológase el convenio suscripto con fecha 14 de noviembre de 2006, entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Administración Nacional de la Seguridad Social, que tiene por objeto generar las acciones necesarias que permitan lograr un marco de cooperación conjunta para una mejora de la relación inter-administrativa de las partes, a fin de facilitar el logro de sus objetivos estratégicos e institucionales, facilitando a los sectores más desprotegidos de la población el acceso a una jubilación.

Articulo 2do.: Autorízase al Sr. Intendente Municipal a suscribir toda la documentación que resulte necesaria , tendiente a materializar lo establecido en el artículo precedente.

Articulo 3ro.: Ampliase el presupuesto de gastos vigente, ampliando la siguiente partida por el monto que a continuación se detalla:

CAPITULO II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO

FINALIDAD 5 – BIENESTAR SOCIAL

PROGRAMA 4 – DESARROLLO HUMANO Y ACCION SOCIAL

SECCION 1- EROGACIONES CORRIENTES

SECTOR 3 – TRANSFERENCIAS CORRIENTES

INCISO 3 “Subsidio a personas indigentes” ......................$ 13.500,00

Articulo 4to.: Tómese de la cuenta Resulta Acumulado de Ejercicios, la suma de pesos trece mil quinientos ($ 13.500,00) para financiar lo establecido en el artículo anterior, incrementando el cálculo de recursos ampliando la siguiente partida:

SECCION 4- SALDOS TRANSFERIDOS DEL EJERCICIO ANTERIOR

SECTOR 12- Saldos de resultados acumulados de ejercicios..............$ 13.500

Articulo 5to.: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Extraordinaria del 21 de Febrero de 2007.-

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