ORDENANZA Nº 1150
Visto:
El ofrecimiento de donación formulado a la Municipalidad por La Fundación Honorio Bigand – De Asistencia y Desarrollo Solidario - con domicilio en su sede social sita en calle Maipú 26 piso 5º “G” de Capital Federal ; Y
Considerando:
Que los elementos sanitarios donados tendrán el destino requerido por la Fundación Honorio Bigand, es decir la Sala de Primeros Auxilios de la localidad de Solís, dependiente del Municipio.
Que el señor Intendente Municipal, en dicho carácter, ha recepcionado los elementos en forma provisoria, ya que la facultad de aceptar o rechazar las donaciones y legados que se ofrezcan al Municipio , corresponde al Organo Deliberativo.
Que así lo establece el Artículo 57 de la Ley Orgánica de las Municipalidades,
Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Acéptase la donación ofrecida a la Municipalidad de San Andrés de Giles por la fundación Honorio Bigand de Asistencia y Desarrollo Solidario, con domicilio en su sede social de calle Maipú Nº 26 piso 5º “G” de Capital Federal , consistente en elementos sanitarios destinados a la Sala de Atención Primaria de la Salud, de la localidad de Solís, cuya descripción obedece al siguiente detalle:
Cantidad Descripción
Cinco (5) Aerocámara Bivalvular ASPEN AC 101 c/máscara para adultos.
Veintitres (23) Aerocámara Bivalvular ASPEN AC 102 c/máscara infantil.
Artículo 2º: Remítase copia de la presente a la fundación donante.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día dieciocho de octubre de dos mil seis.
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