ORDENANZA Nº 1135
Visto:
La cláusula ampliatoria del contrato suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y los Sres. Jose Luis, Miguel Esteban y Marta Susana Miano, suscripta con fecha 12 de junio del año en curso, y
Considerando:
Que la misma resulta complementaria del contrato de locación celebrado entre las partes el día 1 de julio de 2004, mediante el cuál el Municipio arrienda el inmueble ubicado en calle 9 de Julio nro. 529 de esta ciudad.
Que en el citado inmueble, funciona el Jardín Maternal Brotecitos, dependiente de esta Municipalidad.
Que, de acuerdo a lo actuado en el expediente nro. 4101-412/06 los locadores solicitaron aumento del alquiler mensual, en virtud de lo pactado en el artículo 18º del contrato original.
Que, asimismo, la parte locadora se compromete a no requerir nuevos aumentos a los arrendatarios, hasta la finalización del contrato principal.
Que, las presentes cláusulas ampliatorias, se suscribieron ad referéndum de su aprobación por parte de este HCD. –
Que, obra en estas actuaciones un informe del Sr. Contador Municipal, del cuál surge que la partida presupuestaria se halla comprometida con el contrato de locación vigente y, en caso de acordarse un incremento en el monto mensual del alquiler para la vivienda, deberá reforzarse la misma.
Que, en función del artículo 120 inciso 1 de la LOM, el HCD puede hacer lugar a la autorización de incrementar el cálculo de recursos y el presupuesto de gastos vigente, creando y/o ampliando partidas, utilizando para ese fin el superávit existente en la cuenta resultado acumulado de ejercicios.
Por ello, el HCD en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Convalídase la cláusula ampliatoria del contrato suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y los Sres. José Luis, Miguel Esteban y Marta Susana Miano, con fecha 01.07.04, que tiene por objeto el incremento del alquiler mensual a partir del dia 1.7.06 y hasta la finalización del contrato, el que se fija en la suma total de $ 800.
Artículo 2º: Amplíase el presupuesto de gastos vigente, ampliando la siguiente partida, por el monto que a continuación se detalla:
CAPITULO II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO
FINALIDAD 5 – BIENESTAR SOCIAL
PROGRAMA 2 – JARDIN MATERNAL BROTECITOS
SECCION 1 – EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR 1 – FUNCIONAMIENTO
INCISO 2 – BIENES Y SERVICIOS
p.p. 1 – Alquileres y arrendamientos.........................................$ 1.200,00
Artículo 3º: Tómese de la cuenta resultado acumulado de ejercicios, la suma de pesos un mil doscientos ($ 1.200) para financiar lo establecido en el artículo anterior, incrementando el cálculo de recursos ampliando la siguiente partida:
SECCION 4 – SALDOS TRANSFERIDOS DEL EJERCICIO ANTERIOR
SECTOR 12 – Saldos de resultados acumulados de ejercicios..........$ 1.200,00
Artículo 4º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día veintitrés de agosto de dos mil seis.
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