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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1084/06: Homológar el anexo III del convenio de descentralización administrativa tributaria.

ORDENANZA Nº 1084


Visto:

La nota remitida por el Sr. Director Provincial de Relaciones Financieras Municipales dependiente del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires, y

Considerando:

Que adjunto a la misma, envía el original del anexo III del convenio de Descentralización Administrativa Tributaria – Plan de Recupero de Deudas- , suscripto por este Municipio en el transcurso del año pròximo pasado.

Que el citado anexo, tiene como objetivo llevar adelante un proceso tendiente a regularizar la deuda que registren los contribuyentes de los impuestos inmobiliario urbano y automotores, con el fin de incrementar la recaudación a través del recupero de deudas, mediante la adhesión a los planes de regularización que establezca la Provincia durante la vigencia del citado anexo.

Que es facultad de este Cuerpo Deliberativo, homologar los acuerdos suscriptos por el titular del Departamento Ejecutivo.

Por ello, el HCD sanciona la siguiente

ORDENANZA

Artículo 1º: Homológase el anexo III del convenio de descentralización administrativa tributaria – plan de recupero de deudas- , suscripto entre el Sr. Ministro de Economía de la Pcia. De Bs.As. Lic. Gerardo A. Otero y el Sr. Intendente Municipal del Partido de San Andrés de Giles, Dr. Luis A. Ghione, que tiene por objeto llevar adelante un proceso tendiente a regularizar la deuda que registren los contribuyentes de los impuestos inmobiliario urbano y automotores, con el fin de incrementar la recaudación a través del recupero de deudas, mediante la adhesión a los planes de regularización que establezca la Provincia durante la vigencia del citado anexo, que se agrega y forma parte de la presente ordenanza

Artículo 2º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Extraordinaria celebrada el día veintidós de marzo de dos mil seis.

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