ORDENANZA Nº 1054
Visto:
El expediente Nº 4101-1339/05 iniciado a raíz del informe elaborado por el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos del Municipio, donde manifiesta la necesidad de disponer de un generador móvil de energía eléctrica con destino al servicio de Obras Sanitarias del Municipio; y
Considerando:
Que tal necesidad está determinada por los inconvenientes en el suministro de energía eléctrica, derivados de la crisis energética que afecta al país;
Que las irregularidades producidas en el suministro del fluido eléctrico con abrupta disminución de la tensión, perjudica de manera especial a las bombas afectadas al servicio sanitario (agua corriente) que abastece a un importante sector de nuestra población;
Que esta situación se torna aún más preocupante ante la inminente proximidad de la época estival;
Que la disponibilidad de un generador transportable de energía eléctrica, permitiría el normal funcionamiento de las bombas en ocasiones de interrupción y/o disminución de la tensión en el suministro de energía eléctrica, asegurando de esa forma el abastecimiento de manera regular de agua potable;
Que independientemente de los reclamos que puedan efectuarse en tal sentido ante los organismos reguladores y/o la empresa distribuidora local del servicio eléctrico, se considera una alternativa sumamente válida ante esta situación de emergencia, la adquisición del equipo generador descripto;
Que han sido incorporados a estas actuaciones, informes de la Contaduría Municipal, del Departamento de Compras e informe ampliatorio del obrante a fs. 1, producido por el señor Secretario de Obras y Servicios Públicos del Municipio;
Que para poder imputar el gasto que produciría la adquisición del elemento descripto, se hace necesario efectuar un refuerzo en el crédito de la partida presupuestaria correspondiente;
Que el artículo 120 inciso 1 de la L.O.M., establece que el H.C.D. puede hacer lugar a la autorización de incrementar el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos vigente, creando y/o ampliando partidas, utilizando para ese fin el superávit existente en la Cuenta Resultados Acumulados de ejercicios;
Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: A los efectos de posibilitar al Departamento Ejecutivo, materializar la adquisición de un equipo móvil generador de energía eléctrica con destino al servicio sanitario que presta el Municipio, para asegurar en forma normal el abastecimiento de agua potable proveniente de la red de distribución, ante situaciones derivadas ante irregularidades energéticas, dispónese la ampliación del Presupuesto de Gastos vigente, ampliando la siguiente partida por el monto que a continuación se detalla:
CAPITULO II – DEPARTAMENTO EJECUTIVO
FINALIDAD 3 – SERVICIOS ESPECIALES URBANOS
PROGRAMA 3 – SERVICIOS SANITARIOS
SECCION 2 – EROGACIONES DE CAPITAL
SECTOR 5 – INVERSIÓN FÍSICA
INCISO 1 – BIENES
P.PPAL. 2: MAQUINAS, MOTORES Y HERRAMIENTAS..................... $ 40.000
Artículo 2º: Tómese de la cuenta Resultado Acumulado del ejercicio la suma de pesos CUARENTA MIL ($ 40.000) para financiar dicha adquisición, incrementando el Cálculo de Recursos ampliando la siguiente partida:
SECCIÓN 4 – SALDOS TRANSFERIDOS DEL EJERCICIO ANTERIOR.
Sector 12 – Saldos de Resultados acumulados de ejercicios ............... $ 40.000
Artículo 3º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día dos de noviembre de dos mil cinco.
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