ORDENANZA Nº 1029
Visto:
El convenio suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Federación de Clínicas, Sanatorios, Hospitales y otros establecimiento de la Pcia . de Bs. As. (FECLIBA), y
Considerando:
Que la Federación a través de la Universidad Maimónides, posibilita la realización de la carrera de Técnico Superior en Enfermería Profesional.
Que, a través de este convenio, se persigue alcanzar el objetivo de que la Municipalidad pueda dar formación a sus agentes del área de enfermería, con el fin de mejorar la calidad de los servicios de salud a su cargo.
Que, el personal de servicio de enfermería cuya nómina se describe en el anexo I del convenio, podrá acceder voluntariamente a esta carrera cumplimentando todos los requisitos exigidos por esta casa de estudios para el ingreso.
Que es la facultad de este H.C.D. homologar los convenios suscriptos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 41 de la LOM.
Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Homológase el convenio -que como anexo forma parte integrante de la presente- suscripto entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Federación de Cínicas, Sanatorios, Hospitales y otros establecimientos de la Pcia. de Bs. As. (FECLIBA), que tiene por objeto capacitar a los agentes del área de enfermería del Hospital Municipal San Andrés, posibilitando la realización de la carrera de Técnico Superior en Enfermería profesional a través de FECLIBA, en la Universidad Maimónides.
Artículo 2º: Autorízase al Sr. Intendente Municipal a suscribir toda la documentación que sea necesaria, tendiente al cumplimiento de lo dispuesto en el citado convenio.
Artículo 3º:De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día veinte de julio de dos mil cinco.
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