ORDENANZA Nº 1011
Visto:
Las actuaciones contenidas en el Expediente Nº 4101-1011/05 ; y
Considerando:
El Convenio Marco correspondiente al Subprograma Federal de Construcción de Viviendas con Municipios firmado conjuntamente con el señor Subsecretario de Desarrollo Humano y Vivienda –Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federal y el señor Intendente Municipal del Partido de San Andrés de Giles, cuyo objeto es el emprendimiento de acciones conjuntas entre ambos organismos, tendientes a la atención de las necesidades habitacionales de los sectores mas rezagados social y económicamente, en especial aquellos cuyas necesidades básicas se encuentran insatisfechas;
Que toda familia tiene el derecho de acceder a una vivienda digna, independientemente de su situación social;
Que el instrumento contractual suscripto resulta una herramienta válida para concretar esa aspiración siempre latente en las expectativas de nuestros habitantes;
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias, el HCD sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: Homológase el Convenio Marco correspondiente al Subprograma Federal de Construcción de Viviendas con Municipios firmado conjuntamente con el Señor Subsecretario de Desarrollo Humano y Vivienda – Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federal y el señor Intendente Municipal del Partido de San Andrés de Giles, cuyo objeto es el emprendimiento de acciones conjuntas entre ambos organismos, tendientes a la atención de las necesidades habitacionales de los sectores mas rezagados social y económicamente, en especial aquellos cuyas necesidades básicas se encuentran insatisfechas.
Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación y a la realización de todos los actos administrativos que resulten necesarios tendientes al cumplimiento de lo pactado en el referido convenio.
Artículo 3º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. de San Andrés de Giles en Sesión Ordinaria celebrada el día ocho de junio de dos mil cinco.
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