ORDENANZA Nº 1004
Visto:
El plano de mensura Nro. 94-02-1990, correspondiente al inmueble designado catastralmente como Circ. I, Secc. C, Mz.228 y:
Considerando:
Que todas las parcelas del inmueble, poseen inscripción de dominio a nombre del Sr. Juan Pedro Wuttke , en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Pcia. de Bs.As., matrícula 8884 (094) del año 1989 ,de acuerdo a lo que figura en el Plano de Mensura y División nro. 94-2-90, excepciòn hecha de la parcela 12, que figura como sobrante;
Que dicha fracciòn encierra una superficie de 670,44 m2 y tiene frente a la calle Cecilio Manchi, entre Alsina y Avellaneda.
Que de acuerdo a la disposiciòn de los artìculos 4º siguientes y cncordantes de la Ley nro. 9533, se puede inscribir a nombre de esta Municipalidad dicho bien inmueble, con el objeto de permitir al Municipio realizar proyectos, para cuya materialización es necesaria la disponibilidad de terrenos.
Que es de aplicación lo establecido en el artículo 225- Capítulo V de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Que se hace necesario dictar el acto administrativo correspondiente, para efectivizar la primera inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Pcia de Bs.As.
Por lo expuesto, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: Inscríbase en el Registro de Propiedad Inmueble de la Provincia de Bs.As., a nombre de la Municipalidad de San Andrés de Giles, el bien designado según plano de mensura, división No. 94-02-1990 como Circunscripción I, Sección C, Manz.228, Parc.12, con las siguientes medidas, linderos y superficie: 15,99 mts. de frente al N.O. con calle Manchi, 41,25 mts. en su costado al N.E. lindando con pcs 13, 14, 15 y parte de 16 de su mismo plano, 16,79 mts. en su contrafrente al S.E. lindando con pc. 2 de su mismo plano, y 40,64 mts. en su costado S.O. lindando con parcela 11 de su mismo plano. Superficie: 670,44 m2.-
Artículo 2º:Autorízase al Sr. Intendente Municipal y/o al funcionario que éste designe expresamente, a firmar cualquier documentaciòn que sea necesaria ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires y/o a la realización todo trámite que sea necesario tendiente al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo 3º:De forma.
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