BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

254/95: Compraventa simultánea de un predio.

ORDENANZA N 254

VISTO:

El Expte. Nro. 4101-3613/95, iniciado por Cosechas Argentinas S.A. en virtud del cual dicha Empresa ofre ce un predio de aproximadamente 3 hectáreas que forma parte de dos mayores fracciones designadas catastralmente como Circ. II Pc. 118 ar y 118 as y que permutaría por el inmueble adquirido por esta Municipalidad y designado catastralmente como Circ. II, Secc. C, Fracción III, Pc. 3a; y:

CONSIDERANDO:

Que el bien que se ofrece se encuentra contiguo al que la Provincia adquirirá proximamente a efectos de dar respuesta a las necesidades de instrumentar el Plan Familia Propietaria.-

Que, la Comisión de Arquitectos que integran el Taller de Urbanismo de esta ciudad, se han expedido en el sentido de dar curso favorable a esta permuta, por considerar más apto a los objetivos del Plan Familia Propietaria el predio que se ofrece, que el adquirido por esta Municipalidad.

Que el diligenciamiento de toda la documentación pertinente, estaría a cargo de la Unidad Ejecutora del Plan Familia Propietaria, que está implementando el Gobier no de la Provincia de Buenos Aires.-

Por ello, el H.C.D. en uso de atribucio-nes que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a suscribir toda la documentación necesaria para implementar el canje ya sea como permuta o compraventa simultánea del predio cuya No-menclatura Catastral es: Circ. II, Secc. C, Fracción III, Pc. 3-a, propiedad de la Municipalidad de San Andrés de Giles, por parte del predio cuya Nomenclatura Catastral es: Circ. II, Pc. 118 ar y 118 as; con las siguientes medidas, linderos y super-ficie aproximados, resultando los valores exactos del plano de mensura y subdivisión que apruebe la Dirección de Geodesia: 150 mts. al NE lindando con prolongación de calle Belgrano; 200,72 mts. al SE lindando calle en medio con Parcela 118 h; 150 mts. al SO lindando con Pc. 118 as y 118 at, con una super ficie de 30.000 mts.2.-

ARTICULO 2: Todos los gastos, impuestos y honorarios que deman de la documentación y la o las escrituras correspondientes, serán soportados exclusivamente por Cosechas Argentinas S.A.-

ARTICULO 3: La presente Ordenanza, tendrá vigencia siempre que la escrituraaa a suscribir a favor de la Municipalidad, sea otorgada en un plazo no mayor de 60 días corridos.-

ARTICULO 4: Comuníquese los términos de la presente Ordenanza, a las partes integrantes de este convenio.-

ARTICULO 5: De forma.-

Saludan a Ud. respetuosamente.-

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