2162/18: Instalación de terminales de SUBE.


ORDENANZA Nº 2162
  
Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente administrativo Municipal Nº 4101-3930-0-2018;
                                   
El contrato de comodato suscripto entre Nación Servicios S.A. y La Municipalidad de San Andrés de Giles; y

Considerando:                                   
Que el objeto del referido instrumento es la implementación del sistema único de boleto electrónico (S.U.B.E.), a través de terminales automáticas, como medio de percepción de tarifa para el acceso a la totalidad de los servicios de transporte público automotor, entre otros.
                                   
Que, Nación Servicios S.A. entregará al Municipio en comodato tres equipos denominados “TAS”, para su instalación en los siguientes puntos: Oficina de ANSES, Terminal de ómnibus y edificio municipal.
                                   
Que la implementación  de este servicio, redundará en beneficio de la población en su conjunto,  facilitando a los usuarios de la tarjeta S.U.B.E., realizar recargas diferidas, consultar de forma automática el saldo y/o realizar el traspaso de saldo en caso de pérdida o robo de dicha tarjeta.  
                                         
Que han intervenido en las actuaciones del expediente mencionado,  el señor Secretario de Gobierno, el señor Contador Municipal  y la señora Asesora Letrada de la Municipalidad;
                                            
Que los artículos 41 y  273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades determinan que corresponde al Honorable Concejo Deliberante, resolver sobre el particular;
                                   
Por todo lo expresado el Honorable Concejo  Deliberante, sanciona con fuerza de:
                                              
ORDENANZA

Artículo 1º: Homológase el contrato de comodato -que como Anexo I forma parte integrante de la presente ordenanza- suscripto  entre Nación Servicios S.A.  y la Municipalidad de San Andrés de Giles, cuyo objeto es  la instalación de tres terminales automáticas S.U.B.E. (T.A.S.),en los siguientes puntos: Oficina de Anses, Terminal de Omnibus y Edificio Municipal. 

Artículo 2º: Autorízase al señor Intendente Municipal  a suscribir toda la documentación necesaria tendiente a brindar cumplimiento a lo dispuesto en el convenio cuya homologación  se dispone por la presente Ordenanza.

Artículo 3º:  Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar fondos que excedan el presente ejercicio y a introducir las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias, con el fin de afrontar la atención de los gastos que se generen, producto de la obligación asumida por el contrato objeto de la presente, hasta la finalización de la vigencia del mismo.

Artículo 5º:  De forma .-

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 29 de noviembre de 2018.-

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