2151/18: Apertura de calle - Martino de Cino.


ORDENANZA Nº 2151

Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente 4101-2073/2018; Letra M; Año 2018; y

Considerando:
Que las mismas tienen su origen en la presentación oportunamente formulada ante el Municipio, por la Sra. Silvana Cecilia Martino,  referente  a la aprobación del proyecto de  “mensura, división y cesión de calles” , correspondiente a la fracción identificada con la siguiente Nomenclatura Catastral: Circunscripción I; Secc D, Qta. 16, Pc.4  del partido de San Andrés de Giles;

Que, la zona donde se halla emplazada dicha parcela es complementaria Agropecuaria, -
Que la misma, está ubicada en el entorno a la localidad cabecera, y permite una subdivisión mínima de frente de 40 mts. y una superficie de 2000 m2.
Que, la parcela se encuentra edificada, según acta de inspección N° 14588.
Que, las calles  propuestas, cumplirán  con el ancho mínimo reglamentario  y el cedente deberá realizar las tareas requeridas para su certificación definitiva, según proyecto aprobado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, procediéndose al visado correspondiente, en el momento que se encuentra cumplimentado este requisito, como así también la instalación del resto de los servicios exigidos (tendido eléctrico, desagües pluviales y amojonado)
Que obra en presentes actuaciones, el dictamen de la Sra. Directora de Planeamiento y Obras Particulares.
Que asimismo, ha sido incorporado dictamen de la Sra. Asesora Letrada de la Municipalidad.
Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación,  construcción y conservación de  calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y,  las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:  

ORDENANZA

Artículo 1º:  Autorízase la apertura de calles a ceder , según trazado que figura a fs. 16 del expediente nº 4101-2073/18, en virtud de lo requerido por la Sra. Silvana Cecilia Martino.

Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo,  construcción  de  alambrados y demás obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo de los propietarios cedentes. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su construcción  hasta su finalización, siendo éste requisito previo indispensable para proceder al visado del plano, caso contrario se visará con las restricciones correspondientes.

Artículo 3º: Una vez   realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, libérense al uso público las calles abiertas e incorpórense las mismas al dominio municipal.

Artículo 4º: De forma.-

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 18 de octubre de 2018.-

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