ORDENANZA Nº 9/91
ARTICULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a abonar, junto con los haberes del mes de Marzo de 1991, a todo el personal dependiente de esta Municipalidad, una suma fija por única vez, no remunerativa ni bonificable de quinientos mil australes (A 500.000) en concepto de suplemento especial no habitual, la que no estará sujeta a descuentos de ningún tipo, ni se considerará parte integrante del sueldo del agente.
ARTICULO 2: Las erogaciones que se produzcan por la aplicación del articulo anterior de la presente Ordenanza, serán imputados en Sección 1, Sector 1, Inciso1, Partida Principal 3, Partida Parcial 5, Apartado 11 del Presupuesto de Gastos en vigencia, por los montos que resulten para cada Finalidad.
ARTICULO 3: De forma.
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