8/91: Extensión de la red de gas para las empresas Lema-Arreche S.R.L. y Cosechas Argentinas.

ORDENANZA Nº 8/91

Visto:

El Expte. Nº 4101-148, en virtud del cual la Empresa Lema-Arreche S.R.L. y Cosechas Argentinas, solicitan la extensión de la red de gas natural desde la esquina este de la calle Chacabuco y Av. Morgan, hasta la planta de Cosechas Argentinas; y:

Considerando:

Que a fs. 5 y 6 del citado expediente, obran los dictámenes del Sr. Asesor Técnico, de los cuales se desprende la factibilidad de acceder a lo peticionado.


Que los recurrentes, se harán solidariamente responsables de de las roturas, desperfectos y cualquier daño o perjuicio que por las obras se ocasione.

Ordenanza:

ARTICULO 1: Autorizase a las empresas Lema-Arreche S.R.L. y Cosechas Argentinas, a construir la extensión de la red de gas natural desde la esquina oeste de la calle Chacabuco y Av. Morgan, hasta la planta de Cosechas Argentinas y en el ámbito que territorialmente le corresponde a esta Municipalidad.

ARTICULO 2: El cruce de la Av. Morgan, se efectuara mediante el uso de de túnel a mecha, cuyo diámetro no será superior a 300 mm. y relleno adecuado, una vez completada la instalación de la red.

ARTICULO 3: Los trabajos de extensión, serán ejecutado de acuerdo a lo disposiciones vigentes de señalización y seguridad, haciéndose las empresas mencionadas en el articulo 1ro., responsables de las roturas, desperfectos y/u otro daño o prejuicio que se ocasione por la obra.

ARTICULO 4: La empresa contratista, deberá reparar las roturas que se ocasionen en las veredas o en cualquier otro lugar, dejándose constancia que no se autoriza de modo alguno, la rotura del pavimento de la Av. Morgan.

ARTICULO 5: La ejecución de los trabajos, será supervisado por personal técnico de la Municipalidad, quien certificará la correcta realización de los trabajos, en cuanto a la reconstrucción de la zona afectada.

ARTICULO 6: De forma.

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