ORDENANZA Nº 13/91
Visto:
El Expte. Nº 2408-29248/78 alcance Nº 62 del Ministerio de Obras Publicas de la Provincia de Buenos Aires, en virtud del cual se elevan los detalles de las obras a transferir a la Municipalidad de San Andrés de Giles, de conformidad con lo normado por la ley 9347 y su decreto reglamentario 1410/79; y:
Considerando:
Que con fecha 28 del mes de Enero del corriente año, se ha realizado un inventario cuyo original obra a fs. 43/44 de dicho expediente.
Que a fs. 45, se encuentra el proyecto de convenio a suscribir entre el Administrador Gral. De Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires y esta Municipalidad.
Que a fs. 50, se requiere de esa Dirección Provincial, la aprobación de dicho convenio, y el dictado de la ordenanza por este Honorable Concejo Deliberante.
Por ello, el H.C.D. sanciona con fuerza de:
Ordenanza:
ARTICULO 1: Autorizase al Sr. Intendente Municipal, a suscribir el convenio con la Administración General de Obras Sanitarias de la Provincia de Buenos Aires, ampliatorio del suscripto con fecha 27/11/1979, incorporado a las obras cedidas en aquella oportunidad de conformidad con lo establecido por la ley 9347 y decreto 1410/79, los bienes que se indican en el inventario que en fotocopia así como la del convenio, se agregan y forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir cualquier otra documentación tendiente a dar cumplimiento a lo expresado en dicho convenio.
ARTICULO 3: De forma
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