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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

84/92: Sustituyese Articulo de la Ordenanza Nº 57/92.-

ORDENANZA 84/92

Visto:

La sanción de la Ordenanza Nº 57/92 de fecha 7 de julio del corriente año, por medio de la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a construir dos refugios en la localidad de Villa Ruiz; y:

Considerando:

Que dicha Ordenanza se encuentra plenamente vigente ya que, pese a haber sido vetada por el Departamento Ejecutivo, este H.C.D. y en Sesión Ordinaria celebrada el 23 de julio del corriente año, y por medio del Decreto Nº 5/92, insistió en la sanción de la referida Ordenanza, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo Nº 69 y cc. De la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que no obstante ello y pese al tiempo transcurrido del Decreto de Insistencia de este Cuerpo, no se advierten señales por parte del Departamento Ejecutivo, de proceder a cumplir con los términos de la misma.

Que sin perjuicio de lo expuesto, se observa que en la mencionada Ordenanza, no se establece plazo de ejecución en la construcción de los referidos refugios.

Por ello, y en uso de sus atribuciones, este H.C.D. sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1: Sustituyese el Articulo 3ro. De la Ordenanza Nº 57/92 “De forma”, por el siguiente

“ARTÍCULO 3: Extablécese como plazo máximo de cumplimiento, el termino de 60 días corridos a contar de la efectiva vigencia de la presente Ordenanza”.

ARTÍCULO 2: El Articulo 3ro. De la misma, pasara a ser el Articulo 4to.

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