ORDENANZA Nº 65/92
ARTICULO 1: Apruébese la ampliación de obra del Sr. Julio Marengo, ubicada en el barrio Foprovi, casa Nº 42, Nomenclatura Catastral, Circ. I, Secc. C, Mz. 256a, Pc. 12, de acuerdo a plano cuya copia forma parte de la presente.
ARTICULO 2: A excepción de los indicadores modificados, la restante normativa de edificación y Uso de Suelo serán respetadas.
ARTICULO 3: El solicitante deberá presentar en el plazo de 30 días de promulgada la presente, el legajo de obra de acuerdo con la Ordenanza Nº 21/80.-
ARTICULO 4: A partir de la sanción de la presente, por la que se autoriza la obra ya efectuada, cualquier modificación que se introduzca sin permiso y que no cumpla con la formativa vigente, deberán ser demolidas.
ARTICULO 5: Comuníquese a los peticionantes.
ARTICULO 6: De forma.
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