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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1238/07: Visar el plano de mensura y división de parcela.

ORDENANZA Nº 1238


Visto:

Las actuaciones contenidas en el expediente 4101- 0437- T - 2007, originado en virtud de la presentación formulada por el señor Esteban Torras y Elma Nelly Cánepa; y

Considerando:

Que los nombrados, en su carácter de titulares de la parcela 503-b, Circunscripción V, Sección Rural, solicitan a la Municipalidad el visado y aprobación del proyecto de Mensura y subdivisión de la parcela indicada, originada en el plano de característica 94-07-2005, del partido de San Andrés de Giles y que prevé la apertura de calles;

Que los peticionantes orientan su solicitud en la perspectiva de destinar las parcelas creadas a partir de la subdivisión, a la continuidad y ampliación del emprendimiento de cría de caracoles para exportación.

Que el referido proyecto de mensura y subdivisión contiene la cesión de tres tramos de calles a conectar con la existente al NE de la parcela con el objeto de brindar dimensiones adecuadas al fraccionamiento más una calle transversal que una las proyectadas en sus extremos sudoeste permitiendo la circulación en el bloque a subdividir, la cual podrá volver al dominio privado de los administrados que lo requieran, en el caso de que se continúe con el loteo del bloque remanente de la Parcela 503 b y se contemple la cesión de una calle trasversal de iguales características a la prevista en esta subdivisión.

Que dos de dichas calles resultan coincidentes con la prolongación de la traza de las ya existentes, en tanto que la tercera se genera para mantener la dimensión modular de las anteriores, presentando las calles, dimensiones acordes a la reglamentación vigente (Art.3.1.1 y 3.1.4 del Código de Planeamiento).Asimismo las dimensiones y superficies de las parcelas proyectadas resultan similares a las adyacentes, preexistentes (Art.5.3.3.1. de la mima herramienta legal).

Que las calles proyectadas no se encuentran contempladas en trazados preventivos.

Que la Secretaría de Obras Públicas y Asesoría Letrada del Municipio han emitido sus respectivos dictámenes.

Que conforme al artículo 27 inc. 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde a la función deliberativa municipal, reglamentar el trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y, las delineaciones y niveles, en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial.

Por ello, el H.C.D. en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autórizase al Departamento Ejecutivo a visar el plano de mensura, división de la Parcela 503b de la Circunscripción V, Sección Rural y cesión de calles que como Anexo I forma parte integrante de la Presente Ordenanza y que prevé la apertura de calles a ceder, no consideradas en el trazado original pero sí planteada su continuidad en las parcelas inmediatas, y la cesión de una calle transversal que unifique las longitudinales y permita la existencia de un espacio circulatorio en el bloque a subdividir.

Artículo 2º: Los trabajos de movimiento de suelo, construcción de nuevos alambrados y demás obras que demande la apertura de la calle y su habilitación al uso público, serán a exclusivo cargo y costo de los propietarios cedentes. Asimismo la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, aprobará el proyecto de las mismas y supervisará su construcción hasta su finalización, siendo éste requisito indispensable proceder al visado del plano, caso contrario se visará con las restricciones y/o notas correspondientes.

Artículo 3º: La calle transversal para espacio circulatorio a que se refiere el Artículo Primero in fine, podrá volver al dominio privado de los titulares que lo requieran, en el caso de que se continúe con el loteo del bloque remanente de la Parcela 503b y se contemple la cesión de una calle transversal al final de la subdivisión, que permita la existencia de un espacio circulatorio para los bloques objeto de la subdivisión. En tal supuesto los interesados podrán requerir el reintegro a su dominio particular, de la calle que ahora ceden, a cambio de conceder otra al final del eventual loteo que resuelva la necesidad de circulación para el fraccionamiento.

Artículo 4º: Una vez realizada la aprobación definitiva del Proyecto por parte de la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, libérese al uso público la calle abierta, e incorpórase la misma al dominio público municipal.

Artículo 5º: De forma.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en Sesión Ordinaria celebrada el día 21 de noviembre de 2007.-

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