2299/20: Modificaciones salariales.

 ORDENANZA N° 2299

Visto:

Lo actuado en el expediente Nº 4101-9111-0-2020, mediante el cual el Departamento Ejecutivo eleva a consideración de este Cuerpo la necesidad de poder incrementar a partir del 1 de octubre de 2020 la suma de un veinte por ciento (10%) en los sueldos básicos de agentes dependientes de la Municipalidad; efectuando la consecuente  adecuación de los artículos y anexos de la Ordenanza Nº 2240/19 (Decreto 5335/19) que se verían afectados;  el mantenimiento de una bonificación compensatoria y un premio especial no remunerativo por asistencia, teniendo en cuenta las modificaciones que fueran introducidas oportunamente mediante Ordenanza nº 2285/20 (Decreto 2181/20) y

Considerando:

Que mediante Ordenanza Nro. 2240/19 (promulgada por Decreto 5335/19) el H.C.D. aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuestos de Gastos para el ejercicio 2020 aprobando el detalle de Recursos Humanos por Categoría Programática y cargo y el de Categorías, Módulos y Clases que como anexos III y IV forman parte integrante de la misma.

Que oportunamente mediante Ordenanza nº 2285/20 (Decreto 2181/20), se incrementaron a partir del 01/08/2020 en un diez por ciento (10%), los sueldos de los salarios básicos de agentes dependientes de la Municipalidad, resultando a partir del mes de octubre un incremento acumulado de un veinte por ciento (20%) en tales remuneraciones.             

Que se torna necesario realizar las adecuaciones correspondientes a la normativa vigente y registrar tales modificaciones al Presupuesto de Gastos - Ejercicio 2020. 

Por lo expresado, el H. Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: Increméntanse a partir del 1 de octubre de 2020 en un veinte por ciento (20 %) los salarios básicos de los agentes que revisten desde la categoría 2 a categoría 24 inclusive, modificase el detalle de categorías, módulos y clases -anexo IV- aprobado por el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 2240/19 (Decreto 5335/19) y apruébase el nuevo anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: Adecuánse las remuneraciones establecidas en los Artículos 6º, 7º y 10º de la ordenanza Nº 2240/19 (Decreto 5335/19) en función de lo artículos precedentemente mencionados.

Artículo 3º: Ratificase lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ordenanza Nro. 2285/2020 (Decreto Nro. 2181/2020) mediante el cual se otorga una bonificación compensatoria de carácter variable para aquellos agentes de este Departamento Deliberativo que permanezcan en actividad, cuyo sueldo neto (excluido aportes y retenciones de carácter voluntario) no alcancen un importe de veinte mil pesos ($ 20.000.-). El Departamento Ejecutivo reglamentará las bases de cálculo a tener en cuenta para obtener el valor de la referida bonificación.

Artículo 4º: Ratificase lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ordenanza Nro. 2285/2020 (Decreto Nro. 2181/2020) mediante el cual se Otorga a todos los agentes municipales en actividad, incluidos en las plantas de personal permanente y temporaria, un “Premio Especial No Remunerativo por Asistencia”, excluidos los cargos de Intendente Municipal, Concejales, funcionarios que se desempeñan como Personal Superior del Departamento Ejecutivo y del Departamento Deliberativo y personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria.

 Artículo 5º: Ratificase lo dispuesto por el Artículo 5º de la Ordenanza Nro. 2285/2020 (Decreto Nro. 2181/2020) mediante el cual dicho “Premio Especial no Remunerativo por Asistencia” establecido por el artículo anterior asciende a una suma fija de pesos cuarenta y un mil ($ 41.000,00) por agente –cualquiera fuese el monto y concepto de sus retribuciones habituales- que se abonará en cinco cuotas mensuales de pesos ocho mil doscientos ($ 8.200,00) cada una, conjuntamente con las remuneraciones correspondientes a los meses de agosto a diciembre del presente año.

Artículo 6º: Para acceder a dicho beneficio, los agentes alcanzados por el mismo no deben registrar inasistencias injustificadas y/o sanciones disciplinarias.

Artículo  : De forma.

 

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 15 de octubre de 2020.-

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