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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2286/20: Declarar Septiembre Mes de las Juventudes.

 ORDENANZA N° 2286

Visto:

Que resulta necesario promover y fortalecer políticas de Estado en pos de la inclusión participativa de la juventud dentro de su comunidad, y 

Considerando: 

Que el 16 de septiembre es el “Día de los Derechos de los Estudiantes Secundarios”, fecha instituida por la Comisión Provincial por la Memoria, en conmemoración de la “La Noche de los Lápices”, ocurrida en 1976.

Noche de Los Lápices donde estudiantes menores de 18 años de secundaria fueron secuestrados, torturados y desaparecidos por la última dictadura cívico-militar por el reclamo del boleto estudiantil.  

Que el 21 de septiembre se celebra el  “Día de Lxs Estudiantes” en homenaje al padre de la educación nacional, Domingo Faustino Sarmiento. 

Que en las mencionadas fechas se rememoran dos acontecimientos históricos grabados en la memoria colectiva nacional, principalmente en la historia de los derechos de las juventudes.   

Que según los derechos de los niños, niñas y adolescentes consagrados en la legislación nacional e internacional: la Convención de los Derechos del Niño incorporada a la Constitución Nacional, la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes N° 26.061, el Código Civil y Comercial de la Nación, y la Ley Provincial de Promoción y Protección de los Derechos de Niños N°13.298, las  juventudes tienen el derecho de ser consideradas como un grupo específico, con sus valores propios y con un rol presente en la sociedad. 

Que la participación desde las juventudes, contribuye a la construcción social y política del concepto de ciudadanía. 

Que es necesaria la representación de las juventudes en estos espacios con el fin de fomentar las participaciones en la toma de decisiones basadas en sus propias necesidades. 

Por ello el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona el siguiente:


ORDENANZA 

 Artículo 1°: Declárase al mes de septiembre del corriente y de los años venideros “Mes de las Juventudes”.

Artículo 2°: Invítese a implementar durante el mes de septiembre, actividades vinculadas a: 

“Memoria, Verdad y Justicia”, que entre sus objetivos tendrá la concientización acerca de los derechos de lxs jóvenes y su historia. 

* La realización de actividades solidarias en lugares significativos del partido para Las Juventudes, con la participación de centros de estudiantes y demás organizaciones o instituciones juveniles. 

* La realización de jornadas recreativas de participación, concientización e inclusión juvenil en todo el partido de San Andrés de Giles. 

* La participación activa de Las Juventudes organizadas en la diagramación y celebración de los festejos municipales por el Día de Lxs Estudiantes. 

Todos los meses de Septiembre se convocará a través del Área de Juventudes de la Municipalidad a Sesión Especial para conmemorar el Mes de las Juventudes y desde dicha Área se propondrá una lista de invitados especiales quienes serán los oradores en representación de las juventudes.

Artículo 3: De forma.-


Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 20 de agosto de 2020.-

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