109/85: Conceder un subsidio.

ORDENANZA Nº 109/85

ARTICULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a conceder un subsidio equivalente al cincuenta por ciento (50%) de un sueldo mínimo del Personal Obrero de esta Municipalidad, a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de San Andrés de Giles, a fin de que sean destinados al pago de sueldo de un cuartelero.

ARTICULO 2: Su otorgamiento comenzara a partir del 1 de junio de 1985 y hasta el 31 de Octubre del mismo año.

ARTICULO 3: De forma.

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