11/91: Erradicación del fraude vial.

ORDENANZA Nº 11/91

Visto:

La nota enviada por el Sr. sub. Administrador General de la Dirección de vialidad de la Provincia de Buenos Aires; y:

Considerando:

Que se propone suscribir un convenio entre la Dirección de Vialidad y esta Municipalidad, a efectos de instrumentar un programa de rehabilitación de fraude vial.

Que dicho convenio, es conveniente a los intereses de esta Municipalidad.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, sanciona con fuerza de:

Ordenanza:

ARTICULO 1: Autorizase al Sr. Intendente Municipal, a suscribir en representación de esta Municipalidad, el convenio con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, que forma parte integrante de la presente, tendiente a la erradicación del fraude vial.

ARTICULO 2: Autorizase al Sr. Intendente Municipal a suscribir cualquier otra documentación que sea necesaria, a los efectos indicados en el articulo 1ro.

ARTICULO 3: De forma.

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