73/92: Aprobación de planos.

ORDENANZA Nº 73/92

Visto:

El Expte. Nº 4101-496/92, en virtud del cual la Srta. Iris Angélica Faiad y Héctor Ramón Faiad, solicitan la aprobación del plano del inmueble sito en la calle Avellaneda Nº 273, Nomenclatura Catastral Circ. I, Secc. A, Mz. 93, Pc.4; y:

Considerando:

Que se muestra agregado el dictamen del Sr., Asesor Técnico de la Dirección de Obras y Servicios de esta Municipalidad, del cual se desprende que si bien las obra en el momento de realizarse no tenia restricciones por cuanto todavía no estaba vigente la ley 8912, al no haberse obtenido la correspondiente autorización para construir previo a la realización de la obra, hace que a la fecha, la construcción no cumpla con los indicadores urbanísticos contemplados en la ley mencionada.

Por ello, el H.C.D. sanciona con fuerza de:

ORDENANZA:

ARTICULO 1: Apruébese el plano a empadronar obrante en el expediente Nº 4101-49/92 y que forma parte integrante de la presente, y que corresponde a la finca de la calle Avellaneda 283 propiedad de Ángel Bernardo, Iris Angélica Faiad, Héctor Ramón Faiad y González, Nomenclatura Catastral Circ. I, Secc. A, Mz. 93, Pc.4.-

ARTICULO 2: La aprobación se efectuará sin restricciones.

ARTICULO 3: El solicitante, deberá presentar dentro de los 30 días de promulgada y notificada la presente, el legajo de obra correspondiente, de acuerdo a la Ordenanza Nº 21/80, caso contrario, se revocará la autorización concedida.

ARTICULO 4: A partir de la sanción de la presente, por la que se autoriza la obra ya efectuada, cualquier modificación que se introduzca sin permiso y no cumpla con la normativa vigente, deberán ser demolidas.

ARTICULO 5: Comuníquese a los peticionantes.

ARTICULO 6: De forma.

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