DECRETO Nº 338
Visto:
Que el art. 8 de la ley 10.592 de la Provincia de Bs. As. dispone que las municipalidades deberán ocupar personas discapacitadas que reúnan idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento de la totalidad de su personal y;
Considerando:
Que existen vacantes en el Escalafón para ser cubiertas por el personal que sean merecedores de su designación en Planta Permanente y que en la actualidad se encuentra cumpliendo funciones en la Planta Temporaria
Por ello, el Presidente del Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en uso de sus atribuciones, sanciona el siguiente
DECRETO
Artículo 1º: Modificase, con retroactividad al 01 de enero de 2008, la situación de revista del señor Sebastián Segurola, DNI nº 22.680.720, legajo 2061,que pasará a revistar en planta Permanente: Jurisdicción 1110200000 H.C.D., Actividad 01, Tareas Legislativas, Agrupamiento 7 Personal de Servicio, Clase XIV- Categoría 2.
Artículo 2º: Practicase los ajustes salariales que en virtud a la aplicación de lo dispuesto en el art. Anterior, correspondan en este caso.
Artículo 3º: Los gastos que demande el cumplimiento de lo expuesto en el art. Precedente, se imputarán a la Partida Presupuestaria
Jurisdicción 1110200000 HCD
Actividad 01 Tareas Legislativas
Inciso 1- Gastos en Personal
Partida Principal 1- Personal Permanente
Partida Parcial 1- Retribuciones del Cargo
Partida Subparcial 7- Personal de Servicio
Artículo 4: Comuníquese a la Oficina de Personal Municipal.
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