BIENVENIDOS

USTED ESTA VISITANDO EL BLOG DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANDRES DE GILES.

AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

2244/20: Adquisición generador de radio frecuencia y mesa de anestesia.


ORDENANZA Nº 2244 

Visto:
El Expediente Nº 4101-7242/19, en el cual se  encuentra glosado un convenio suscripto entre la Subsecretaria de Relaciones Municipales de la Secretaría de Provincias y Municipios del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y este Municipio  , y

Considerando:
Que el mismo, tiene por objeto brindar al gobierno local, asistencia para su modernización con la transferencia de fondos para que adquiera el equipamiento descripto en el citado expediente, para ser destinado al Hospital Municipal San Andrés          

Que, continuando con la implementación de políticas públicas, ambas partes consideran que resulta de gran utilidad que este Municipio cuente con todo lo necesario para modernizar su gestión, lo que permitirá proveer a la comunidad de más y mejores servicios , afianzándose así el desarrollo territorial y el progreso local.            

Que el expediente de referencia cuenta con los dictámenes pertinentes del Sr. Contador Municipal, el Sr. Asesor Letrado  el Sr. Director del Hospital Municipal San Andrés.           

Que, por lo precedentemente expuesto, este Honorable Cuerpo estima conveniente dar curso favorable a la tramitación de referencia, por lo que deviene necesario el dictado del acto administrativo pertinente;
      
Por ello el H.C.D., en uso de atribuciones que le otorga el artículo 41 y 273 de la LOM,  sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º:  .Homologar el convenio suscripto entre  la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Subsecretaria de Relaciones Municipales de la Secretaría de Provincias y Municipios del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación  , que tiene por objeto, brindar al gobierno local, asistencia para su modernización con la transferencia de fondos para que adquiera un generador de radiofrecuencia y una mesa de anestesia, destinados al Hospital Municipal San Andrés ,  el que como Anexo I forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo 2º: Dejar establecido que en cada gasto que sea necesario erogar, deberá requerirse la intervención previa de la contaduría municipal, a efectos de determinar sobre la capacidad financiera y/o presupuestaria de la Municipalidad para afrontarlos.

Artículo 3º: Registrar  la presente norma. Comunicarla a las áreas pertinentes por la naturaleza de la misma,  y archivarla.-

Dada en Sesión Especial celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 30 de diciembre de 2019.-

No hay comentarios: