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AUTORIDADES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PRESIDENTE: Prof. Gustavo D. Lennard.

Vice-Presidente 1º: Juan Bautista Castaños.
Vice-Presidenta 2º: Noely M. Meretta.

Secretaria: Eloisa Flavia Vanesa Arina.

BLOQUES POLITICOS DEL H.C.D.

FRENTE DE TODOS

Juan Bautista Castaños. (Presidente)

Cristian Punte.

Marina Moretti.

Germán De Rossi.

Eduardo Puglelli.

Gustavo Lennard.

Pablo Piriz.

Liliana Bonetti.

Daniel Mariño.


JUNTOS POR EL CAMBIO

Mercedes Condesse. (Presidenta)

Eugenio Lacanette.

Noely Meretta.

Angel Calabro.

Diego Jauregui.

ESTE ES EL NUMERO DE VISITAS RECIBIDAS POR EL BLOG DEL H.C.D. DE SAN ANDRES DE GILES

1793/14: Modificar la Ordenanza Nº 1711 (Taxis)

ORDENANZA Nº 1793

Visto: 

Notas presentadas por vecinos de nuestra localidad s/ solicitar la modificación de la ordenanza N° 1711 a fin de ampliar el número de las licencias de taxis actuales, y

Considerando:

Que la demanda actual de vecinos que requieren el servicio de taxis hace necesario aumentar las licencias vigentes;

Que es de suma importancia aumentar el número de licencias ya que con èl se crean nuevos puestos de trabajo en nuestra ciudad;

Que actualmente existen varios vehículos en condiciones de ser habilitados como taxis pero las 10 licencias que prevé  la ordenanza N° 1711 se encuentran cubiertas;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modificase el artículo 10 de la ordenanza n° 1711/13 el que quedara redactado de la siguiente manera: “Establécense como única parada de taxis a las ubicadas en las intersecciones de las calles Rivadavia y Belgrano, Plaza Mitre, Terminal de ómnibus y Hospital San Andrés, calle Belgrano Barrio Familia Propietaria, calle Sarmiento Barrio Bicentenario, Plaza del Barrio Gracias a Dios, Plaza Cutillas, San Martín y Alsina; Italia y Alsina; Colectora Norte y Avenida Cámpora. Las mencionadas paradas deberán ser debidamente identificadas y señaladas, debiendo colocarse señalización vertical”

Artículo 2º: Modificase el artículo 11 de la ordenanza n° 1711/13 el que quedara redactado de la siguiente manera: “Implementar un numero de quince (15) licencias de taxis”.-

Artículo 3º: De forma.-


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