ORDENANZA Nº 14/87
ARTICULO 1: Homológuese el convenio suscripto entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles, por el cual se amplia el préstamo destinado a la construcción de veintiuna (21) viviendas mediante el sistema de autoconstrucción por ayuda mutua, instrumentando a través del convenio firmado el 5 de agosto de 1986, que fuera convalidado por Ordenanza Nº 105/86.-
ARTICULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo a administrar los elementos de construcción necesarios para cubrir el requerimiento de materiales de construcción para las veintiuna (21) viviendas.
ARTICULO 3: De forma.
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